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Avanza centros del conocimiento y contenidos PDF Imprimir E-Mail
Saturday, 22 de September de 2007

Avanza centros del conocimiento y contenidos 

El objetivo de esta ayuda es financiar proyectos y actuaciones dinamizadoras dirigidas a potenciar el desarrollo de contenidos y servicios digitales de calidad en el marco del Plan Avanza. 

D.G. Desarrollo Sociedad Información

  • Convocatoria B.O.E.:

      20/09/2007
  • Plazo entrega solicitudes:

      desde 21/09/2007 hasta 20/10/2007
 
 

OBJETIVOS

Financiar proyectos y actuaciones que fomenten la creación, desarrollo y potenciación de centros de referencia para el desarrollo de la Sociedad de la Información (centros del conocimiento) o actuaciones que consistan en la creación y digitalización de contenidos en el marco del Plan Avanza.

 

BENEFICIARIOS

Podrán acogerse a las ayudas contempladas en esta Resolución:

a) Las entidades de derecho público o privado, que reúnan los  siguientes requisitos:

  • Estar legalmente constituidas.
  • Carecer de fines de lucro. La carencia de fines de lucro debe encontrarse explícitamente reconocida en los estatutos o normas de funcionamiento de la entidad.

b) Las entidades locales definidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y las Comunidades Autónomas uniprovinciales, por haber asumido éstas las competencias de sus respectivas Diputaciones Provinciales.

Todos los beneficiarios deberán también:

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias  y de la Seguridad Social.
  • No  encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias  recogidas en el artículo 13 de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

CARACTERISTICAS

  • Las ayudas que se concedan revisten la modalidad de subvención, de préstamos o de una combinación de ambas.
  • Podrán solicitarse ayudas para proyectos y actuaciones  que se  realicen en el periodo 2007-2009, siempre que parte del proyecto o actuación se realice en el año 2007 y se solicite ayuda para dicho ejercicio.
  • El régimen de concesión es el de concurrencia competitiva.

 

 

 

TIPOS DE PROYECTOS

Los proyectos objeto de las ayudas deberán encajar en alguna de las siguientes tipologías:

a) Centros experimentales.

Puesta en marcha y desarrollo de centros del conocimiento y centros experimentales para la generación de proyectos que impulsen la creatividad y la innovación en relación con la sociedad de la información.

b) Contenidos para el ocio y la cultura.

Creación de aplicaciones, contenidos y servicios para actividades de ocio y entretenimiento, artísticas y culturales en línea, tales como: videoarte, televisión interactiva, videojuegos en red, juegos, publicidad, etc.

c) Contenidos para el sector público.

Desarrollo de experiencias que promuevan la utilización de la información y contenidos del sector público, tales como datos geográficos, meteorológicos, medioambientales, asistenciales, turísticos, culturales, etc.

d) Creación y digitalización de contenidos.

Creación de contenidos y servicios digitales, digitalización de contenidos.

 

MODALIDAD DE PROYECTOS

  • Proyecto o actuación  individual
  • Proyecto o actuación en cooperación.

 

FINANCIACIÓN

La intensidad bruta máxima de las ayudas concedidas podrá ser de hasta el 100% de los costes subvencionables del proyecto o actuación.

La cuantía total máxima de las ayudas convocadas es de 3.000.000 euros en subvenciones y 125.000.000 euros en préstamos.

Tendrán carácter preferente los proyectos que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener un presupuesto mínimo de 1.000.000 euros.
  • Incluir indicadores de impacto de la actuación.

 

CONCEPTOS SUSCEPTIBLES DE AYUDA

  • Gastos de personal propio o contratado dedicado directamente al proyecto o actuación.
  • Subcontrataciones exclusivamente derivadas del proyecto o actuación.
  • Material fungible exclusiva y permanentemente destinado al proyecto o actuación.
  • Aparatos y equipos dedicados al proyecto o actuación.
  • Gastos de promoción y difusión de la actuación.
  • Otros gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto o actuación y debidamente justificados.

En el caso de  que el importe del gasto subvencionable correspondiente a suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, supere la cuantía de 12.000 €, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.

La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía.

Cuando en la realización de un  proyecto se subcontrate parte de su ejecución, el coste de la subcontratación no podrá superar el 95% del coste total del proyecto.

Si la subcontratación excede del 20 % del importe de la ayuda y dicho importe es superior a 60.000 euros, deberá celebrarse un contrato por escrito entre las partes y presentarse con carácter previo a la resolución de concesión.

 

GASTOS NO SUBVENCIONABLES

De los gastos relacionados en el apartado b del anexo II de la convocatoria, cabe resaltar que no se consideran gastos subvencionables los costes de amortización  de equipos.

 

 

 

 
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  © Ernesto Lahoz López 25467826H, Santuario 12, Villamayor de Gállego, Zaragoza